Contrato Digital del Conductor

Versión 2.0 · MTP DEVELOPERS SRL · Plataforma MotoCom

Contrato de Acceso y Uso de Plataforma Tecnológica · Conductor Independiente

Comparecientes

MTP DEVELOPERS SRL, RNC 131969321, domiciliada en Carretera Padre Billini No. 800, San José de Ocoa, Provincia Ocoa, RD, representada por Neuryn E. Tejeda, cédula 013-0037574-6, en calidad de Gerente General — en adelante "MOTOCOM".

Y por la otra parte, el(la) CONDUCTOR INDEPENDIENTE, identificado(a) con los datos proporcionados durante el registro digital.

Artículo 1 · Naturaleza Jurídica

MOTOCOM es una plataforma tecnológica de intermediación digital. Su única función es facilitar la conexión electrónica entre usuarios finales y conductores independientes. MOTOCOM no presta servicios de transporte, taxi, motoconcho, mensajería ni delivery, no es propietaria de vehículos, y los servicios de movilidad son ejecutados exclusivamente por el conductor bajo su entera responsabilidad.

Artículo 2 · Naturaleza de la Relación

La relación es exclusivamente comercial y tecnológica. No constituye contrato de trabajo, subordinación, agencia, mandato ni asociación (Código de Trabajo, Ley 16-92). EL CONDUCTOR actúa como empresario autónomo con libertad para fijar horarios, aceptar o rechazar solicitudes, y usar otras plataformas. MOTOCOM no asume obligaciones laborales ni de seguridad social.

Artículo 3 · Tarifas

EL CONDUCTOR y el usuario tienen libertad para negociar el costo total del servicio. MOTOCOM podrá sugerir tarifas referenciales sin carácter vinculante.

Artículo 4 · Cobro y Cuota Tecnológica

EL CONDUCTOR cobra directamente al usuario; MOTOCOM no procesa ni retiene sumas del servicio. Como contraprestación por el uso del sistema, EL CONDUCTOR pagará una Cuota Tecnológica (fija semanal/mensual o por uso) según el plan contratado, modificable con 15 días de notificación. El incumplimiento del pago habilita la suspensión inmediata del acceso.

Artículo 5 · Limitación Absoluta de Responsabilidad

MOTOCOM no será responsable por: accidentes, lesiones, muerte, robos, asaltos, daños materiales, pérdidas económicas, conflictos entre conductor y usuario, conductas ilícitas, fallas técnicas, fuerza mayor (Art. 1148 CC) ni cualquier situación derivada del servicio de transporte. Toda responsabilidad civil, penal, administrativa, comercial o laboral será asumida íntegramente por EL CONDUCTOR.

Artículo 6 · Declaraciones y Obligaciones del Conductor

Artículo 7 · Cumplimiento Regulatorio

EL CONDUCTOR es único responsable del cumplimiento de: Ley 63-17, Decreto 515-21, normativas del INTRANT, normativas municipales, Ley 155-17 (Lavado de Activos), Ley 172-13 (Datos), DGII y demás aplicables.

Artículo 8 · Protección de Datos

MOTOCOM procesa los datos personales conforme a la Ley 172-13 exclusivamente para los fines del Contrato. EL CONDUCTOR consiente expresamente el procesamiento de sus datos, incluyendo geolocalización durante la prestación activa del servicio.

Artículo 9 · Suspensión y Terminación

MOTOCOM podrá suspender el acceso por denuncias graves, fraude, riesgos de seguridad, falsificación, uso ilícito, daño a la reputación o incumplimiento reiterado de pago. EL CONDUCTOR puede terminar con notificación escrita de 5 días hábiles, regularizando saldos.

Artículo 10 · Propiedad Intelectual

La plataforma, software, algoritmos, marca y logotipos son propiedad exclusiva de MTP DEVELOPERS SRL conforme a la Ley 20-00.

Artículo 11 · Confidencialidad

EL CONDUCTOR mantendrá confidencialidad sobre información técnica, comercial, financiera o estratégica de MOTOCOM. Subsiste 2 años post-terminación.

Artículo 12 · Modificaciones

MOTOCOM podrá modificar el Contrato y la Cuota con 15 días de notificación. El uso continuado equivale a aceptación tácita.

Artículo 13 · Indemnidad

EL CONDUCTOR se obliga irrevocablemente a defender, indemnizar y mantener indemne a MOTOCOM frente a cualquier reclamación derivada del incumplimiento, prestación del servicio, conducta negligente o violación de leyes aplicables.

Artículo 14 · Jurisdicción

El Contrato se rige por las leyes de la República Dominicana. Las controversias se resolverán primero por negociación directa (30 días) y luego ante los tribunales del Departamento Judicial de San José de Ocoa, con renuncia a cualquier otro fuero.

Artículo 15 · Aceptación Digital y Firma Electrónica

Al completar el registro y firmar digitalmente en la plataforma, EL CONDUCTOR acepta este Contrato con plena validez legal conforme a la Ley 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales. Se generará un PDF firmado con sello SHA-256, IP, dispositivo y timestamp, conservado como prueba electrónica.

Este documento es un resumen institucional del Contrato. El contrato vinculante completo se genera y firma digitalmente desde el formulario de registro especial.